Certificado Internacional en Análisis de la Conducta
El Certificado Internacional en Análisis de la Conducta (CIAC) se crea con el objetivo de acreditar los programas de formación, intervención, difusión y/o investigación que se están desarrollando en el ámbito de la psicología conductual. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida por cinco sociedades especializadas en este campo:
El certificado se concede, bajo petición previa, a aquellos proyectos que pretendan, dentro de sus objetivos, “la difusión, enseñanza y/o investigación en los principios del análisis de conducta incluyendo su filosofía”.
En cualquier caso, CIAC es un certificado que no pretende discutir la calidad de otras formaciones que no lo soliciten o, en caso de haberlo hecho, no lo obtengan. El objetivo debe estar expreso en los programas que opten al CIAC y debe venir acompañado unas actividades coherentes con este objetivo y desarrollada por profesionales con una amplia formación en análisis de la conducta.
El certificado parte de la idea de promover una psicología científica y luchar contra la difusión de programas y contenidos que contribuyen al deterioro de esta disciplina y a la propagación de metodologías y procedimientos propios de las pseudociencias, siempre desde una orientación conductista. No hay que olvidar que muchos de esos programas están dirigidos a la formación de profesionales que se dedicarán a la atención psicológica de personas que requieren ayuda y, por tanto, su intervención puede ser determinante para conseguir el bienestar de estas; si la formación recibida está fundamentada en teorías, metodologías y/o procedimientos sin fundamentación científica es muy probable que su intervención no solo sea ineficiente sino que, en muchos casos, pueda ser enormemente perjudicial.
Cualquier institución o entidad interesada puede solicitar dicha acreditación, que será otorgada una vez que un comité, constituido por miembros de las entidades organizadoras, confirme que los contenidos impartidos pertenecen al Análisis de la Conducta además de cumplir con los objetivos y formación del profesorado ya indicados. Cualquier programa, grupo de investigación, actividad formativa, congreso, o acontecimiento que tengan entre sus objetivos los indicados anteriormente, pueden solicitar la acreditación, independientemente de la duración, estructura o modalidad de impartición, siempre que consideren adecuarse a los criterios indicados. El único requisito es que los contenidos sean los propios del análisis de la conducta.
Una vez que un programa lo solicite, un representante de CIAC -que en ningún caso formará parte del comité que realiza la evaluación- se pondrá en contacto con el responsable de dicho programa para recabar la información necesaria que permita la evaluación previa a la concesión de la acreditación; en el caso de que la información enviada sea insuficiente, el representante solicitará los datos que considere adecuados. Los costes derivados de la evaluación correrán a cargo del programa solicitante. Una vez reunida la información, el comité de expertos realizará una evaluación pormenorizada y concederá, en su caso, el Certificado Internacional en Análisis de la Conducta. Será en este proceso cuando se desarrollará el único coste para la institución que aspira a la certificación y que será de 45 Euros a abonar al representante de CIAC encargado del proceso de verificación de la información y que en ningún caso repercutirá sobre la propia entidad certificadora. La entidad NO RECIBIRÁ NI SOLICITARÁ NINGÚN TIPO DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR SU LABOR, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE EL RESULTADO DE LA VALORACIÓN SEA LA CONCESIÓN O NO DEL CERTIFICADO.
El certificado estará vigente durante dos años o hasta que haya una modificación en el programa. Al finalizar los dos años, será necesario solicitar un nuevo certificado. Cualquier modificación en el programa mientras la certificación esté vigente ha de ser comunicada a la entidad acreditadora, con el objetivo de garantizar que se siguen cumpliendo los criterios para su mantenimiento (este proceso no supondrá ningún coste para el programa). En el caso de que en el transcurso de esos dos años un programa modifique sus contenidos u objetivos o la formación en análisis de la conducta de su profesorado sin comunicarlo a la entidad acreditadora y dichos contenidos sean incompatibles con los presupuestos del Análisis de la Conducta, se le retirará la certificación y no podrá solicitarla hasta que hayan transcurridos tres años.
De cara a obtener el CIAC, se solicitará a los organizadores de la actividad evaluada la siguiente información:
1) Título de la actividad.
2) Tipo de actividad y modalidad (presencial, online o híbrida).
3) Programa de la actividad. Incluyendo objetivos y en su caso contenidos.
4) Profesorado o participantes responsables.
5) Formación de dicho profesorado, participantes responsables.
6) Actividades que realizarán los asistentes.
7) Duración de la actividad (y su distribución).